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por Comité Cerezo México
El 10 de agosto del 2022, como es de dominio público, tras 15 años de lucha, 9 años de que los familiares interpusieran el recurso de Amparo Indirecto y dos años de su atracción, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una sentencia favorable a Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, víctimas de desaparición forzada en el estado de Oaxaca el 25 de mayo del 2007. Un triunfo para los familiares y quienes han luchado con ellos.
Sin embargo, el largo y sinuoso camino hacia la justicia no termina ahí, pues tuvieron que pasar 44 días desde la votación a favor de Edmundo y Gabriel y 54 días de Plantón indefinido para que la SCJN, por fin, realizara el engrose de la sentencia y los familiares pudieran tener acceso a ella.
Ahora bien, una vez que la SCJN por fin engrosó la sentencia a favor de Edmundo y Gabriel, el tiempo de espera, desgraciadamente continúa. Ahora hay que esperar que la SCJN notifique a las autoridades competentes para que, una vez que lo haga, esas mismas autoridades cumplan en un plazo no mayor a 30 días naturales con lo dictado en dicha sentencia. Y nos dicen, que como la SCJN es la máxima instancia en el país, ésta no tiene tiempo legal para realizar la notificación. Lo que significa que pueden pasar otros días, semanas o meses para que lo haga, lo cual esperamos no suceda.
Pareciera que no bastan 15 años de la desaparición forzada de Edmundo y Gabriel para que el Estado garantice el derecho a la verdad y la justicia, sino que las distintas autoridades buscan, en todo momento, ganar más tiempo, lo cual se traduce en perpetuar la impunidad y más dolor y angustia hacia los familiares de las víctimas.
Cada paso que se ha logrado dar hacia la verdad y la justicia por parte de familiares, representación jurídica, organizaciones de derechos humanos y organizaciones populares ha sido producto más de la lucha popular que de la voluntad política del gobierno federal.
Una muestra de lo anterior es que el pasado 13 de septiembre se tuvo una mesa de diálogo con diversas autoridad entre los que se encontraban: Subsecretario de Gobierno Mtro. Ricardo Ruiz Suarez, Directora General de Gobierno, Lic. Adriana Contreras Vera, Director General de la Coordinación política prevención y buen gobierno zona Norte, C. Alberto Plata, Subdirectora de Análisis político, Lic. Cuauhtli Ehecatl Zenteno Ramírez, Subdirector de Giras y Reuniones, C. José Luis Cano Morales, representación de atención ciudadana de Presidencia, Lic. Gabriel Mejía Secretaria de Gobernación, Lic. Diana Jaimes y Hebert Sosa Camacho, Comisión Nacional de Búsqueda, Lic. Marco Antonio Mayer, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Lic. Beny Raffoul y el Lic. Christian Candy.
Pero, el motivo de la reunión no fue para la búsqueda, investigación, localización y sanción de los responsables de la desaparición forzada de Edmundo y Gabriel sino para solicitar el retiro del Plantón Popular ubicado frente a la SCJN. Es decir, las autoridades si están dispuestas a coordinarse y dar su tiempo para tratar de limitar el derecho humano a la protesta pero no para resolver los motivos y la razón de ésta.
Por ello no basta el reconocimiento público y judicial de la responsabilidad estatal en la desaparición forzada de Edmundo y Gabriel sino no se dan pasos concretos y verificables para la presentación con vida de ambos luchadores sociales.
Con voluntad política o sin ella, las autoridades están obligadas a garantizar el derecho a la verdad y a la justicia. Tratar de limitar o impedir el derecho a la protesta a cambio de cumplir parcialmente con sus obligaciones manda una señal, por lo menos, de indolencia hacia las víctimas y quienes luchan a su lado.
Recordar que la sentencia ratifica, entre otras cosas, lo que familiares y organizaciones populares y de derechos humanos han venido denunciado desde el día en que fueron detenidos desaparecidos. Es decir, que en la desaparición forzada de Edmundo y Gabriel participaron los tres niveles de gobierno: el municipal, estatal y federal; que la participación del ejército está demostrada y que el último lugar en el que se sabe que estuvieron ambos luchadores sociales fue el Campo Militar N° 1.
También la sentencia recoge la exigencia de la conformación de una Comisión Especial de Búsqueda, la comparecencia de altos mandos militares, la apertura de los cuarteles militares, las cuales si hubiera una plena voluntad política por parte del gobierno federal ya se hubieran cumplido, incluso sin la necesidad de la sentencia.
Por ello, ante la dilación y lentitud de la justicia en México, organizaciones como el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos Hasta Encontrarlos, el Frente Nacional de Lucha por el Socialismo, la Organización de Lucha por la Emancipación Popular y el Comité Cerezo México con el apoyo y la solidaridad de muchas organizaciones y personas solidarias mantienen desde el 1 de agosto el Plantón Popular frente a la SCJN
Un Plantón indefinido porque si algo ha aprendido el pueblo es que el gobierno hace todo lo posible para no cumplir con sus obligaciones, o las retrasa o las intenta condicionar, máxime si no hay un pueblo consiente que exige y que lucha para que no evadan sus responsabilidades.
El tiempo de las víctimas de desaparición forzada, el tiempo de los familiares en su búsqueda y exigencia de presentación con vida, desgraciadamente no es el tiempo de la justicia en México. Por ello debemos seguir luchando, por Edmundo y Gabriel, por Fidencio Gómez Sántiz y por todas las víctimas de desaparición forzada en el país.
Por último, compartimos a todas las víctimas de desaparición forzada y a la población en general la sentencia de la SCJN para que pueda ser leída, discutida y pueda aportar a la lucha contra las desapariciones forzada y por el derecho a la verdad, memoria, justicia, reparación integra y medidas de no repetición.
Comité Cerezo México
Sentencia 51-2020 SCJN ( - 1 MB)
Comité Cerezo México Premio de la Paz de Aquisgrán 2012 (Aachener Friedenspreis) "Por que ser defensor de los derechos humanos no es sinónimo de terrorista" Contactos: Coordinación / Educación